PREGUNTAS FRECUENTES

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Preguntas Frecuentes

Solo tiene que llenar el formulario que está en la pestaña afiliarme y adjuntar una copia de la cédula por ambos lados.

El aporte patronal es del 5% del salario bruto mensual. Este monto es administrado por la Asociación como fondo de reserva para las prestaciones del colaborador afiliado.

Cada asociado debe realizar un ahorro mensual del 5% de su salario bruto.

En caso de renuncia se le entrega el monto total de aporte patronal sin importar los años de asociación y el total del ahorro personal, además de los rendimientos correspondientes acumulados individualmente en el año fiscal en curso.
En caso de existir saldos y obligaciones pendientes de cancelar, se reducirán de la cuota acumulada de ahorros (según ley 6970, artículo 20).

Al igual si renuncia, se le entrega el monto total del aporte patronal, sin importar los años de asociación y el total del ahorro personal, además de los rendimientos correspondientes acumulados individualmente del año fiscal en curso.
En caso de existir saldos y obligaciones pendientes de cancelar estos se reducirán de la cuota acumulada de ahorros (según ley 6970, artículo 20).

En este caso, se le entregaría el monto de ahorro personal acumulado a la fecha. Los ahorros patronales se mantienen bajo custodia y administración de la Asociación para ser usado en un eventual pago del auxilio de cesantía (ley 6970 artículo 21).
En caso de existir saldos y obligaciones pendientes de cancelar estos se reducirán de la cuota acumulada de ahorros. (según ley 6970, artículo 20).

Al ser asociado usted se asegura contar con un ahorro permanente, seguro y sin tope de cesantía. En conjunto su aporte personal y el aporte patronal generan un monto de ahorro que le permite planificar su futuro por medio de excedentes.
Además, le brinda la posibilidad de obtener créditos con intereses blandos. Así como acceder a una gran cantidad de convenios de educación, salud y hotelería, así como hacer compras de ropa, perfumería, electrodomésticos y electrónica a cómodas cuotas.

 

​Los excedentes son el resultado de una gestión administrativo-financiera, generados por la acción de ingresos y egresos, reportados mensualmente en los estados de resultados de la Asociación Solidarista; el remanente de esta gestión mensual se conoce como excedentes (utilidades mensuales).
Los excedentes generados durante todo el año, serán distribuidos porcentualmente (de 1% al 100%) según establezca la Asamblea General Ordinaria, esto a finales del mes de enero de cada año.

Todos los funcionarios de Procomer pueden asociarse sin importar si tienen condición de interino, propiedad y/o puesto de confianza, según lo establecido por la ley 6970, en el artículo 14.

El dinero debe entregarse en un plazo no mayor a quince días hábiles a partir de la ratificación en Junta Directiva de la desafiliación correspondiente. Esto según lo establece el reglamento de la ley de Asociaciones Solidaristas en el capítulo VII, artículo 11.

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